La ley de reducción de viajes diarios de Washington y las ordenanzas locales de CTR establecen:
"Un empleador afectado debe hacer un esfuerzo de buena fe para desarrollar e implementar un programa de reducción de viajes de viaje diseñado para reducir la cantidad y la duración de los viajes de viaje solo en automóvil realizados al lugar de trabajo".
Si cree que su empresa puede verse afectada por la ley CTR, llame a la oficina de CTR al 360-487-7733 o Administrador de correo electrónico CTR.
¿Cómo sé si mi negocio se ve afectado?
Su negocio se ve afectado si tiene:
Si ese es usted, se espera que participe en el Programa de reducción de viajes diarios.
¿Cuándo debo informar mi negocio al estado?
La ley estatal requiere que los empleadores definidos como un "empleador afectado" se identifiquen con la ciudad o el condado dentro de los 180 días de:
La ley de reducción de viajes diarios al trabajo también se aplica a ubicaciones comerciales en jurisdicciones locales (ciudades y condados), independientemente de la cantidad de empleados afectados en el lugar de trabajo de la jurisdicción.
Si su empresa se ve afectada por la ley de reducción de viaje al mínimo, debe hacer lo siguiente:
¿Puedo participar en el Programa de reducción de viajes diarios o comenzar el mío aunque no esté afectado?
¿Si? Tendrá acceso a las mismas herramientas y servicios promocionales para promover alternativas de viaje que los empleadores de CTR afectados.
Si desea convertirse en un empleador voluntario de reducción de viaje de viaje o comenzar un programa, llame a la oficina de CTR al (360) 487-7733 o Administrador de correo electrónico CTR.